Ayuntamiento de A Coruña

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Información Juvenil

Área de Bienestar Social

Sistema educativo

Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo son:

  • Educación infantil.
  • Educación secundaria obligatoria.
  • Bachillerato.
  • Formación profesional.
  • Enseñanzas de idiomas.
  • Enseñanzas artísticas.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Educación de personas adultas.
  • Enseñanzas universitarias.

La educación primaria, la educación secundaria obligatoria y los ciclos formativos de grado básico constituyen la educación básica.

La educación secundaria se divide en educación secundaria obligatoria y educación secundaria postobligatoria. Constituyen la educación secundaria postobligatoria el bachillerato, la formación profesional de grado medio, las enseñanzas artísticas profesionales tanto de música y de danza como de artes plásticas y diseño de grado medio y las enseñanzas deportivas de grado medio.

La enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior constituyen la educación superior.

Las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas artísticas y las deportivas tendrán la consideración de enseñanzas de régimen especial.

La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE), de 1985, la Ley Orgánica de Educación (LOE), de 2006, y la Ley Orgánica por la que se modifica la LOE (LOMLOE), de 2020, son, actualmente, las normas básicas que regulan el sistema educativo y definen su estructura

Las enseñanzas no universitarias

Las enseñanzas universitarias

Enseñanzas de carácter voluntario a las que habitualmente se accede a partir de los 18 años. La Enseñanza universitaria tiene normas específicas. Las universidades, tanto públicas como privadas, tienen autonomía para diseñar propuestas de títulos oficiales (grado, máster) adaptadas a las características dictadas por el Gobierno a raíz de las declaraciones europeas. Una vez se diseña, la futura titulación universitaria ha de obtener dos informes para poder ser implantada: uno (verificación) del Consejo de Universidades y otro de autorización de su Comunidad Autónoma.

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